Cancillería deberá pagar indemnización por muerte de colombiano en Chile mientras esperaba repatriación

Imagen: infobae colombia
La Cancillería colombiana deberá indemnizar a la familia de un hombre de 71 años que murió en Chile mientras esperaba una repatriación médica. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca concluyó que el Estado respondió tarde ante una situación de extrema vulnerabilidad.
La justicia le puso precio a una demora que terminó en tragedia: la Cancillería colombiana deberá indemnizar a la familia de un ciudadano de 71 años que murió en Chile mientras esperaba una repatriación médica. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que el Estado no actuó con la diligencia que exigía un paciente en condición crítica y de extrema vulnerabilidad, una falla que —según la decisión— dejó sin respuesta oportuna a una persona que necesitaba apoyo urgente para volver al país y recibir atención adecuada.
De acuerdo con lo informado por infobae colombia, el caso giró en torno a la actuación tardía de las autoridades diplomáticas frente a un colombiano gravemente enfermo que permanecía en territorio chileno sin que se concretara su traslado sanitario. La decisión judicial no solo ordena una reparación económica para sus familiares, sino que además deja en evidencia un problema que aparece con frecuencia en los casos de connacionales enfermos en el exterior: los tiempos institucionales suelen ir a otro ritmo distinto al de la urgencia médica. En este caso, el tribunal entendió que esa demora no fue un simple trámite administrativo, sino una omisión con consecuencias irreversibles.
Lo relevante de este fallo no es únicamente la indemnización. El mensaje de fondo es más amplio: cuando el Estado conoce que uno de sus ciudadanos está en una situación límite fuera del país, la respuesta no puede depender de la lentitud burocrática ni de la dispersión de competencias entre oficinas. En un sistema diplomático que muchas veces se piensa solo para crisis políticas o gestiones consulares rutinarias, este caso recuerda que también hay una obligación concreta de protección humanitaria. Y esa obligación pesa más cuando se trata de adultos mayores, pacientes sin redes sólidas de apoyo y personas cuyo estado de salud exige decisiones rápidas, no expedientes que se acumulan.
El fallo además reabre un debate incómodo sobre la capacidad real de las instituciones colombianas para reaccionar ante emergencias médicas en el exterior. Para las familias, la repatriación no es una formalidad: es una carrera contra el tiempo, los costos y la incertidumbre. Para el Estado, en cambio, suele convertirse en un asunto administrativo que se resuelve tarde. Esa distancia es justamente la que el tribunal decidió sancionar. El caso deja una lección de alcance más amplio: cuando un ciudadano enferma lejos de casa, la diplomacia también debe funcionar como red de protección, porque en situaciones como esta la demora no solo cuesta dinero; cuesta vida.



